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Bases del concurso

BASES PARA LA PROMOCION/CONCURSO DE RECICLAJE DE LAMPARAS EN LA MANCOMUNIDAD DE LA SIBERIA EXTREMEÑA

1. Objetivo del concurso

El presente sorteo está organizado por Ginfizz&Gibson, S.L. (en adelante “G&G”). La promoción consiste en fomentar el reciclaje de lámparas entre la
ciudadanía de los 11 municipios pertenecientes a la Mancomunidad de la Siberia Extremeña que se han suscrito a esta promoción

2. Ámbito territorial

Los 11 municipios de la Mancomunidad sonBaterno, Casas de Don Pedro, Esparragosa de Lares, Garbayuela, Garlitos, Puebla de Alcocer, Risco, Sancti-Spíritus, Siruela, Talarrubias, Tamurejo.

3. Ámbito temporal

Desde las 00:00 horas del 15 de julio de 2022 hasta las 00:00 del 15 de agosto de 2022.

4. Mecánica del concurso

Todos los pueblos tendrán un contenedor de bombillas y otro de tubos fluorescentes en una zona emblemática del mismo (Ayuntamiento, Iglesia,
Pza. Mayor…). Al final del plazo del concurso se pesarán los contenedores para determinar el municipio ganador. Para equilibrar las
acusadas diferencias de población se establece un Mecanismo de Hándicap, que funcionará así:

 

  •  Por cada kg recogido en Baterno se darán 11,86 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Casas de Don Pedro se darán 2,3 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Esparragosa de Lares se darán 3,75 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Garbayuela se darán 6,58 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Garlitos se darán 6,06 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Puebla de Alcocer se darán 2,86 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Risco se darán 25,81 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Sancti-Spíritus se darán 4,33 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Siruela se darán 1,81 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Talarrubias se darán 1 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Tamurejo se darán 15,60 puntos.

5. Premios

Se establecen dos premios con las siguientes condiciones. Para el municipio ganador de 2.000 € que más bombillas y tubos recoja por habitante, siguiendo las ponderaciones descritas en el Apartado 4 y un premio de 1.000 € para el pueblo que más kilos de bombillas y tubos recoja calculados en kilos brutos. La cantidad deberá ser íntegramente invertida en bienes o servicios que reviertan en la ciudadanía del municipio ganador. El Ayuntamiento ganador presentará facturas a G&G especificando claramente el destino del premio.

 

G&G contactará con el ganador a la mayor brevedad posible para notificarle el premio y proceder a la entrega del mismo. G&G no se hace responsable de no poder entregar el premio, siempre y cuando se publique el ganador y se hagan todos los esfuerzos por ponerse en contacto con dicho ganador. Se declina también cualquier tipo de responsabilidad ante alegaciones relacionadas con deterioros, pérdidas, sustracciones u otros cuando el premio haya sido efectivamente entregado en la dirección
señalada, o por retrasos de terceras empresas ajenas a G&G.

6. Protección de datos y comunicaciones comerciales

La participación en este sorteo sólo implica la recogida de los datos necesarios para dicha participación, los relativos a las cantidades de lámparas recogidas en cada municipio. Estos datos no pasarán a formar parte de ningún fichero automatizado ni se retendrán una vez realizada la comunicación del ganador y entrega del premio. No habrá datos personales.

7. Limitación de responsabilidad

G&G se reserva el derecho de interrumpir en cualquier momento el acceso o continuidad del sorteo, ya sea con carácter temporal o definitivo, por motivos de seguridad, de reestructuración o interrupción de los servicios informáticos, o cualquier otra causa que así lo aconseje o que no sea responsabilidad directa de G&G, sin que de ello se deriven responsabilidades para la web ni derecho a indemnizaciones. No obstante, G&G se compromete a utilizar todos los medios a su alcance y lógicos para la celebración del sorteo entre los participantes habidos antes de cualquier imprevisto. Tal y como aclaramos en la Base 5, G&G no asume ningún tipo de responsabilidad antes deterioros, pérdidas, sustracciones o retrasos achacables a terceros ajenos a la G&G.

8. Ley y jurisdicción aplicables

La interpretación y cumplimiento de las Bases será regida por la legislación española, y en caso de conflictos, éste será vinculado a la justicia competente en los tribunales de la ciudad de Madrid.

9. Depósito de las bases

Las presentes Bases pueden ser consultadas en todo momento en https://elquereciclagana.es/bases-del-concurso/

BASES PARA LA PROMOCION/CONCURSO DE RECICLAJE DE LAMPARAS EN LA COMARCA DE MONTES (CIUDAD REAL)

1. Objetivo del concurso

El presente sorteo está organizado por Ginfizz&Gibson, S.L. (en adelante “G&G”). La promoción consiste en fomentar el reciclaje de lámparas entre la
ciudadanía de los 7 municipios pertenecientes a la Comarca de Montes (Ciudad Real) que se han suscrito a esta promoción.

2. Ámbito territorial

Los siete municipios de la Comarca de Montes sonAlcoba, Arroba de los Montes, El Robledo, Fuente el Fresno, Horcajo de los Montes, Piedrabuena y Retuerta del Bullaque.

3. Ámbito temporal

Desde las 00:00 horas del 15 de julio de 2022 hasta las 00:00 del 15 de agosto de 2022.

4. Mecánica del concurso

Todos los pueblos tendrán un contenedor de bombillas y otro de tubos fluorescentes en una zona emblemática del mismo (Ayuntamiento, Iglesia,
Pza. Mayor…). Al final del plazo del concurso se pesarán los contenedores para determinar el municipio ganador. Para equilibrar las
acusadas diferencias de población se establece un mecanismo de ponderación, que funcionará así:

 

  •  Por cada kg recogido en Alcoba se darán 6,05 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Arroba de los Montes se darán 7,86 puntos.
  •  Por cada kg recogido en El Robledo se darán 4,07 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Fuente el Fresno se darán 1,36 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Horcajo de los Montes se darán 6,05 puntos.
  •  Por cada kg recogido en Piedrabuena se darán 1 punto.
  •  Por cada kg recogido en Retuerta del Bullaque se darán 4,67 puntos.
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5. Premios

Se establecen dos premios con las siguientes condiciones. Para el municipio ganador de 2.000 € que más bombillas y tubos recoja por habitante, siguiendo las ponderaciones descritas en el Apartado 4 y un premio de 1.000 € para el pueblo que más kilos de bombillas y tubos recoja calculados en kilos brutos. La cantidad deberá ser íntegramente invertida en bienes o servicios que reviertan en la ciudadanía del municipio ganador. El Ayuntamiento ganador presentará facturas a G&G especificando claramente el destino del premio.

 

G&G contactará con el ganador a la mayor brevedad posible para notificarle el premio y proceder a la entrega del mismo. G&G no se hace responsable de no poder entregar el premio, siempre y cuando se publique el ganador y se hagan todos los esfuerzos por ponerse en contacto con dicho ganador. Se declina también cualquier tipo de responsabilidad ante alegaciones relacionadas con deterioros, pérdidas, sustracciones u otros cuando el premio haya sido efectivamente entregado en la dirección
señalada, o por retrasos de terceras empresas ajenas a G&G.

6. Protección de datos y comunicaciones comerciales

La participación en este sorteo sólo implica la recogida de los datos necesarios para dicha participación, los relativos a las cantidades de lámparas recogidas en cada municipio. Estos datos no pasarán a formar parte de ningún fichero automatizado ni se retendrán una vez realizada la comunicación del ganador y entrega del premio. No habrá datos personales.

7. Limitación de responsabilidad

G&G se reserva el derecho de interrumpir en cualquier momento el acceso o continuidad del sorteo, ya sea con carácter temporal o definitivo, por motivos de seguridad, de reestructuración o interrupción de los servicios informáticos, o cualquier otra causa que así lo aconseje o que no sea responsabilidad directa de G&G, sin que de ello se deriven responsabilidades para la web ni derecho a indemnizaciones. No obstante, G&G se compromete a utilizar todos los medios a su alcance y lógicos para la celebración del sorteo entre los participantes habidos antes de cualquier imprevisto. Tal y como aclaramos en la Base 5, G&G no asume ningún tipo de responsabilidad antes deterioros, pérdidas, sustracciones o retrasos achacables a terceros ajenos a la G&G.

8. Ley y jurisdicción aplicables

La interpretación y cumplimiento de las Bases será regida por la legislación española, y en caso de conflictos, éste será vinculado a la justicia competente en los tribunales de la ciudad de Madrid.

9. Depósito de las bases

Las presentes Bases pueden ser consultadas en todo momento en https://elquereciclagana.es/bases-del-concurso/